Código |
Tipo |
Fecha |
Ref Expediente |
Cuerpo |
Firma |
|
1
|
|
22/1997
|
ARTICULO 1°: Declárase de Interés prioritario municipal la protección de la salud, los recursos naturales, la producción agropecuaria y el medio ambiente en general. ARTICULO 2°: A los efectos de dar fiel cumplimiento a lo enunciado en el Art. 1° facúltase amplia y suficientemente al Departamento Ejecutivo Municipal para suscribir un compromiso de aplicación, a fin de coordinar el poder de policía en lo relacionado con la Ley Provincial de Agroquímicos (N° 10.699), en su Decreto Reglamentario N° 499 y demás medidas complementarias, en virtud de lo establecido en el Art. 16° de la misma, con el Ministerio de Asuntos Agrarios y Pesca de la Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 3°: El Departamento Ejecutivo formará un Organismo de Control de Tóxicos y Medio Ambiente con funcionarios activos de las áreas de Salud, Bromatología, Producción Agropecuaria y Entidades Intermedias relacionadas con el tema (agricultores, apicultores, fruti y horticultores, etc.) y demás actividades vinculadas al suelo y el medio ambiente. ARTICULO 4°: El Organismo de Control a formarse de acuerdo con lo normado en el Art. 3° anualmente determinará - en mapa del Partido de 25 de Mayo - las zonas vedadas al uso de agroquímicos y otras sustancias perniciosas, en concordancia con lo determinado en la Ley. ARTICULO 5°: El Departamento Ejecutivo designará el personal competente para inspección y control profesional del cumplimiento de lo normado en ésta y determinará la aplicación de las penalidades correspondientes a los infractores.
|
Juan Carlos D'Carlo - Secretario Legislativo - Dr. Julio César Unanue - Presidente
|
|