|
1
|
|
07/2004
|
ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el Capítulo VII, Derechos de Oficina, Artículo 69º, Inciso 24) de la Ordenanza Nº 2274/93, el que quedará redactado de la siguiente manera: "24) Por certificación de numeración de edificios, formularios de planillas Obras Públicas: Sin Cargo." ARTÍCULO 2º.- Esta modificación tendrá una vigencia de 90 (noventa) días, a partir de la promulgación de la Ordenanza Nº 2785/2004. ARTÍCULO 3º.- Transcurrido el plazo que establece el Artículo 2º, se restablecerá la vigencia que hasta la fecha tenía el Artículo 69º, Inciso 24. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
|
Sergio Tuya - Secretario Legislativo - Hugo Néstor Melián - Presidente
|