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Ordenanza Nº 2851/2006 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
2851/2006
1
2006-04-10
191/2006

ARTÍCULO 1º.- Dispónese la construcción de contenedores de velocidad de uso urbano en los siguientes puntos estratégicos: Calle 36 en sus intersecciones con las calles 5, 3 y 1 en el sentido de marcha de egreso de la ciudad de 25 de Mayo.
ARTÍCULO 2º.- Los contenedores mencionados en el Artículo anterior deberán construirse en un todo de acuerdo con las especificaciones técnicas y detalle de materiales a utilizar que se adjunta y pasa a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Los contenedores deberán estar permanentemente pintados como corresponde, para el real cumplimiento de su cometido.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Ernesto Raúl Ibarra - Secretario Legislativo - Mario Celerino Núñez - Presidente.
 

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