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03/2002
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ARTICULO 1°) - Solicítase al Departamento Ejecutivo, impulse la incorporación de poroto de soja a la bolsa alimentaria, el que podrá ser o no elaborado, que se distribuye a través de la Secretaría de Acción Social. ARTICULO 2°) - El Departamento Ejecutivo por intermedio de dicha Secretaría, deberá determinar a que familia entrega el producto sin procesar o la comida elaborada. ARTICULO 3°) - Asimismo, deberá informar fehacientemente a la familia que recepcione el poroto de soja entero, su procesamiento y la importancia de su consumo. ARTICULO 4°) - De no contar con los medios para el procesamiento de la soja, podrá solicitar asistencia técnica a personas o entidades, que conozcan el manejo de desactivado y elaboración de comidas. ARTICULO 5°) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Mario César Farace - Secretario Legislativo - Dra. Gloria Mabel Argañaraz - Presidente
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