|
1
|
|
|
ARTICULO 1°: Autorízase amplia y suficientemente al Departamento Ejecutivo para que proceda a reforzar la siguiente partida del Presupuesto 1966. Arreglo y Conservación de Caminos. Régimen de Coparticipación Vial con la Provincia - Repuestos y Reparaciones. ARTICULO 2°: Refuérzase en la suma de ($ 650.000) m/n Seiscientos Cincuenta mil Pesos Moneda NAcional, la Partida Arreglo y Conservación de Caminos - Régimen de Coparticipación Vial con la Provincia - Repuestos y Reparaciones: Cap. II - Inc. 2° - Item 16° - Part. 2°. $ 650.000.- ARTICULO 3°: A los efectos del artículo anterior tomese de: Maquinarias Generales para arreglo de Caminos (Cap. II - Inc. 4° - Item 7°) $ 650.000.- ARTICULO 4°: Cúmplase, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y a sus efectos vuelve a la Municipalidad recurrente. ARTICULO 5°: DADA Y FIRMADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS 20 DIAS DE FEBRERO DE 1967.
|