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90/2000
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ARTICULO 1°) - Convalídase el contrato de comodato celebrado "ad referendum" del Honorable Concejo Deliberante, entre la Municipalidad de 25 de Mayo, representada en ese acto por el Sr. Intendente Municipal D. Mariano Horacio GRAU por una parte, en su carácter de "Comodataria" y el "CLUB SOCIAL DE 25 DE MAYO", representada por sus autoridades legítimas, Don Rubén Luis MARELLI, en su carácter de Presidente y el Sr. Ricardo Pablo BOISSERENC, en su carácter de Secretario, en adelante "El Comodante" por la otra, por el cual se cede en comodato precario para uso con fines educativos y/o culturales, a partir del 26 de julio de 2000, un inmueble sito en la calle 28 e/ 10 y 11 de la planta urbana de esta Ciudad, identificado catastralmente como Circunscripción: I; Sección: B; Manzana: 128; Parcela: 14; cuyas cláusulas y condiciones quedan establecidas en el mismo, el que se agrega como anexo único y pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza. ARTICULO 2°) - El Departamento Ejecutivo deberá proceder a efectuar un reconocimiento e inventario del estado del inmueble y otros bienes que se incluyan en el mismo. ARTICULO 3°) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Guillermo Ismael Andrada - Secretario - Dr. Guillermo Horacio Faviano - Presidente
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